There can be no dispute that "mancomunada y solidariamente" means "jointly and severally". The dispute is over which term is which. I maintain that mancomunado does not refer to joint liability, if by that we mean that each debtor is liable for the whole debt. That is what solidario means.
"Los artículos 1.137 y1.138 del Código Civil establecen que en caso de concurrir una pluralidad de deudores en orden a responder de una obligación, se presume que existe mancomunidad, por lo que la deuda será dividida en tantas partes iguales como deudores hubiera. De forma que sólo será aplicable la solidaridad si se pacta expresamente:
"La concurrencia de dos o más acreedores o de dos o más deudores en una sola obligación no implica que cada uno de aquellos tenga derecho a pedir, ni cada uno de éstos deba prestar íntegramente, las cosas objeto de la misma. Sólo habrá lugar a esto cuando la obligación expresamente lo determine, constituyéndose con el carácter de solidaria" (CC Art 1137).
http://aypabogados.es/abogadosonline/responsabilidad-solidar...In other words, several liability is presumed unless joint liability is stated.